09/03/2022

9 de marzo 2022.- El turismo es y seguirá siendo uno de los grandes pilares de la economía española. Sin embargo, su competitividad y su proyección de futuro tienen mucho que ver con su adaptación a la nueva era digital. En este contexto, tanto empresas turísticas como tecnológicas esperan ansiosas la primera convocatoria de las ayudas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (componente 14) a la llamada “digitalización de última milla” del turismo.

Para conocer más en detalle cómo será la convocatoria, que arrancará en unas semanas, DigitalES ha organizado hoy una sesión informativa (exclusiva para socios) con Víctor Badorrey, director de Relaciones Institucionales de SEGITTUR. A continuación, les dejamos un resumen de las principales ideas expuestas durante el encuentro:

Información básica:

  1. Esta primera convocatoria tiene un presupuesto asignado de 25 millones de euros. Más adelante, están previstas otras dos convocatorias, por 45M€ y 10M€.
  2. Las ayudas de última milla se asignarán en régimen de concurrencia competitiva.
  3. Además de las ayudas para la ‘digitalización de última milla’, el Plan de Recuperación contempla otras tres líneas de ayudas para la transformación digital del sector turístico, que sumarán 12M€ adicionales. Todas se enmarcan en la Inversión 2 del Componente 14 del Plan de Recuperación.

Beneficiarios:

  1. Van dirigidas a proyectos en los que participen agrupaciones de empresas turísticas (pymes preferentemente). Esto implica que, como mínimo, en las solicitudes de ayudas deberán figurar una empresa turística (entendiendo como tal a las empresas con CNAE considerado de dicho sector) y un socio tecnológico.
  2. En cuanto al socio tecnológico, éste habrá de poder demostrar algún tipo de vinculación comercial con el sector turístico en el pasado. En este caso, no es imprescindible que sea estrictamente una empresa TIC, bastará con que comercialice alguna solución tecnológica que sea aplicable en el turismo.
  3. El 70% de los costes subvencionables deben estar asignados a pymes (ya sean del sector turístico y/o del tecnológico).
  4. En las siguientes convocatorias (aunque no en la primera) también podrán ser beneficiarias las asociaciones profesionales y empresariales.

Proyectos subvencionables:

  1. Se buscan proyectos en los que intervenga cualquier tecnología habilitadora. Ahora bien, deben ser: a) proyectos singulares y transformadores, b) escalables y replicables, y c) repercutir en una mejora de la experiencia del usuario, aunque sea indirectamente (por ejemplo, una mejora en la eficiencia de los procesos puede liberar recursos para mejorar la atención al turista). Es, por tanto, una convocatoria abierta a una gran variedad de posibles proyectos de digitalización. Más concretamente:
  2. NO van a ser subvencionadas soluciones digitales comerciales. Explican desde SEGITTUR que existen otras convocatorias para ello (por ejemplo, el programa Kit Digital). Las ayudas para la ‘última milla’ irán destinadas a financiar el desarrollo de soluciones que, cuando lleguen al mercado, tendrán un efecto transformador en el sector turístico. En definitiva, se trata de incentivar hacer desarrollos con carácter aplicado.
  3. La convocatoria se divide, a su vez, en dos. 20M€ irán a parar a proyectos en desarrollo (todavía no existen) y los 5M€ restantes, a proyectos que todavía no están en el mercado, pero que ya han sido testados (ya hay un prototipo o incluso se ha probado en un cliente, no necesariamente del sector turístico). El tiempo de ejecución máxima será de 18 y 12 meses, respectivamente.
  4. Los proyectos en desarrollo deberán tener un presupuesto mínimo de 500.000€ y máximo de 5M€, mientras que los proyectos ya testados deberán oscilar entre 350.000€ y 750.000€.
  5. La intensidad de la ayuda se computa a nivel individual, siendo siempre de un máximo del 50% del coste del proyecto, en el caso de pymes, y del 15%, en el caso de grandes empresas.
  6. Entre los gastos subvencionables (que al menos en un 30% tienen que correr a cargo de las pymes) se encuentran toda clase de gastos directamente imputables al proyecto, incluyendo el personal, las patentes o los gastos de auditoría, pero no el IVA. Estos gastos tienen que estar detallados en la solicitud.
  7. La subcontratación no podrá superar el 30% del importe de la actividad subvencionable de cada beneficiario individual.
  8. ¡El pago de la subvención se hace por anticipado! La justificación deberá hacerse en un plazo de 3 meses desde la resolución de la concesión.

 

Más información: Bases Reguladoras (BOE)

 


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