08/10/2018
· Según la patronal tecnológica, el cambio de criterio de las tarifas que se abonan a las entidades por la utilización de contenidos genera inseguridad jurídica.
· “Las tarifas anteriores ya estaban sobredimensionadas”.
· “El procedimiento de fijación de tarifas por parte de las entidades de gestión debería estar sometido a mayores exigencias de proporcionalidad y evitar crecimientos injustificados, que las han llevado a valores muy elevados”.
· “No parece razonable que las entidades de gestión, con una posición de dominio en el mercado, quieran incrementar ahora sus precios con la excusa de un cambio de ley”.
Madrid, 8 de octubre de 2018.- La Asociación Española para la Digitalización, DigitalES, patronal tecnológica que
reúne a las principales empresas del sector de la tecnología e innovación
digital en España, incluyendo a los operadores de telecomunicaciones, ha
trasladado a los grupos parlamentarios su disconformidad
ante las enmiendas tramitadas por la Comisión
de Cultura del Congreso en relación con el Proyecto de reforma de la Ley de
Propiedad Intelectual
DigitalES,
que reitera su firme compromiso con
la protección de nuestro patrimonio cultural y expresa “el máximo respeto a la
protección de los derechos de propiedad intelectual”, entiende que “dicha
protección se debe realizar de la manera más fácil, rápida, efectiva y
económica posible”. Además, DigitalES recuerda que en
los últimos años los operadores han destinado en torno a 200 millones de euros para crear películas y series.
Sin
embargo, “algunos puntos en las enmiendas a la Ley no parecen perseguir estos
objetivos y deberían reenfocarse
tras un diálogo y acuerdo con todos
los actores implicados en este ecosistema”.
Tarifas abusivas
Tal
y como se recogía en el acuerdo vigente, los operadores no pagan por el uso que
hacen de los contenidos representados por las entidades, sino que abonan una
especie de tarifa plana, un porcentaje de sus ingresos, que les permite acceder
a dicho catálogo de contenidos. Según la patronal tecnológica, el cambio de criterio
de las tarifas que se abonan a las entidades por la utilización de estos
contenidos genera inseguridad jurídica.
Para
DigitalES “la redacción del texto de las enmiendas parte de la base de que las
tarifas anteriormente aprobadas por las Entidades de Gestión eran adecuadas,
premisa con la que debemos señalar nuestro profundo desacuerdo”.
Denuncia
la asociación sectorial que “hablar de
mero “incremento” demuestra que no se busca el equilibrio entre las
partes, sino únicamente aumentar el valor económico de la utilización del
repertorio de la entidad de gestión”.
DigitalES apunta a una clara presión de las entidades de gestión
para aumentar una recaudación abultada, y denuncia que “las tarifas
anteriores ya eran poco transparentes, y, por tanto, el procedimiento de
fijación de tarifas por parte de las entidades de gestión debería estar
sometido a mayores exigencias de proporcionalidad y transparencia para evitar
características abusivas”.
Según la patronal que representa a
los operadores de telecomunicaciones entre otros agentes del sector digital,
“no parece razonable que las entidades de gestión, con sanciones efectivas por
comportamientos anticompetitivos, que han fijado tarifas sin control de equidad y en posición de dominio,
incrementen ahora sus precios con la excusa de un cambio de ley”.
Pagos a cuenta
Otra
de las enmiendas polémicas, impulsadas desde las entidades, propone que, en
caso de desacuerdo a la hora de fijar los precios, se deberá abonar el 70% de
la tarifa impuesta antes de que se resuelva en conflicto. El pago será
condición imprescindible para poder recurrir. Además, las enmiendas permitirán
a las entidades de gestión la facultad de subir de forma unilateral los precios
perdiendo la oportunidad de transparencia, se quejan los operadores.
Para
DigitalES “esta incorporación de la obligación de pago a cuenta del 70% como
paso previo al proceso de determinación de tarifas resulta insostenible”, y propone una negociación “sin encorsetamientos que desincentiven a
una parte para llegar a un acuerdo”.
Composición del regulador
Tal
y como ya han expresado otros colectivos afectados, como UTECA y AERC, las
enmiendas presentadas no sólo alteran los criterios que han de regir la
fijación de las tarifas generales que aprueban unilateralmente las entidades de
gestión, sino que modifican la actual composición del único organismo regulador
competente para evaluarlas: la Sección Primera de la Comisión de Propiedad
Intelectual (SPCPI), incorporando un quinto vocal. DigitalES recomienda que, en
el caso de aumentar esta composición, “se
incluya al menos el perfil de algún experto que aporte una visión del entorno y
de los nuevos modelos de comercialización de contenidos que previsiblemente se
puedan establecer a futuro”.